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COMPARACIÓN DE ARTICULOS DE COSNTITUCION DE 1980 Y PROPUESTA CONSITUCIONAL 2023

En este trabajo queremos poner los 10 puntos que creemos que a nuestro juicio son necesario para poder ejercer correctamente una libertad de Conciencia, Fe y Religión que mencionamos a continuación:

  1. LIBERTAD DE CONCIENCIA Y FE
  2. LIBERTAD DE EXPRESIÓN
  3. LIBERTAD DE REUNIÓN
  4. LIBERTAD EDUCATIVA Y DERECHO PREFERENTE DE LOS PADRES
  5. OBJECIÓN DE CONCIENCIA
  6. DERECHO PROPIEDAD PRIVADA
  7. LIBERTAD DE TRABAJO
  8. LIBERTAD DE DEZPLAMIENTO
  9. IGUALDAD ANTE LA LEY
  10. ESTADOS Y FORMAS DE LIMITACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES

¿Por qué hemos escogido estos puntos? porque creemos que son los derechos básicos que los Cristianos necesitan para desarrollar su religión, tanto en publico como en privado. Existen más principios cristianos que una sociedad debería aceptar para un desarrollo pleno y la bendición de Dios tales como: El derecho a la vida y protección del que está por nacer, la legitima defensa y la prohibición de leyes de carácter moral por medio del poder civil, pero estos se han omitido ya que no son esenciales para vivir la libertad de conciencia personal o porque sabemos que en el tiempo en que vivimos se dificulta su compresión. Al final del análisis de los 10 puntos veremos el tema más débil de la propuesta en cuanto a derecho internacional y tratados internacionales, ya que chile no es una isla en cuanto a movimientos internacionales.

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Día de Luto para la Libertad Religiosa en Chile.

La convención Constituyente contra el Derecho de Dios.

Un texto que solo los ignorantes de la materia celebrarían.

Ayer las iniciativas populares de artículo constitucional 215, 08, 37, 58 y 69 fueron rechazadas esto incluye la iniciativa popular que junto más de 17.087 apoyos la iniciativa 57.370 formulada por las Asociación Internacional de Libertades religiosas a la cual adscriben: Primera Iglesia Metodista Pentecostal de Chile, Consejo Nacional de Obispos y Pastores Evangélicos de Chile, Iglesia Bautista del Séptimo Día de Chile, Comunidad Islámica de Chile, Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y La Iglesia Adventista del Séptimo Día .

De esta manera se ha eliminado por completo la participación de la ciudadanía en la creación de articulado siendo una grabe falta a la ciudadanía. El articulado aprobado fue presentado por el Colectivo Socialista.

La libertad de conciencia y religión fue el primer apartado temático en ser votado, y estuvo marcado por el rechazo de la mayoría de las iniciativas, tanto populares como ingresadas por los propios convencionalesLas primeras 21 votaciones fueron rechazadas por la comisión, incluida la referida a “una libertad de conciencia y religiosa como un Derecho Humano Fundamental en una sociedad democrática, pluralista y diversa”.

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