LA DECLARACIÓN DE NACIONES UNIDAS DE 1981 SOBRE LIBERTAD RELIGIOSA
Dentro del ordenamiento jurídico internacional, la Declaración de Naciones Unidas sobre eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones es el único instrumento internacional, de carácter universal y específico en libertad religiosa o de creencias. Ha sido la Organización de Naciones Unidas, por medio de sus órganos principales y subsidiarios, como exponemos en este estudio, la que ha llevado adelante el trabajo de protección y promoción de este derecho humano en particular, como de los derechos humanos en general. La génesis, contenido y valor jurídico que se le ha atribuido a esta declaración son objeto de este estudio el que pretende además, colaborar en la promoción del respeto y protección de este derecho humano.
Continuar leyendoDía de Luto para la Libertad Religiosa en Chile.
La convención Constituyente contra el Derecho de Dios.
Ayer las iniciativas populares de artículo constitucional 215, 08, 37, 58 y 69 fueron rechazadas esto incluye la iniciativa popular que junto más de 17.087 apoyos la iniciativa 57.370 formulada por las Asociación Internacional de Libertades religiosas a la cual adscriben: Primera Iglesia Metodista Pentecostal de Chile, Consejo Nacional de Obispos y Pastores Evangélicos de Chile, Iglesia Bautista del Séptimo Día de Chile, Comunidad Islámica de Chile, Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y La Iglesia Adventista del Séptimo Día .
De esta manera se ha eliminado por completo la participación de la ciudadanía en la creación de articulado siendo una grabe falta a la ciudadanía. El articulado aprobado fue presentado por el Colectivo Socialista.
La libertad de conciencia y religión fue el primer apartado temático en ser votado, y estuvo marcado por el rechazo de la mayoría de las iniciativas, tanto populares como ingresadas por los propios convencionales. Las primeras 21 votaciones fueron rechazadas por la comisión, incluida la referida a “una libertad de conciencia y religiosa como un Derecho Humano Fundamental en una sociedad democrática, pluralista y diversa”.
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